En los últimos años, diversos países de Latinoamérica han avanzado en la creación de normativas que exigen la implementación de canales de denuncias efectivos en el sector privado y público. Estas iniciativas surgen de los Organismos Legislativos en respuesta a hechos concretos que han puesto de evidencia la necesidad de contar con mecanismos eficaces para la prevención, detección y gestión de conductas indebidas, de aplicación en todo tipo de Organización.
Este artículo complementa los análisis previos sobre cómo implementar una línea ética alineada a estándares internacionales, abordados en el artículo Canal de denuncias y estándares internacionales: una guía integral para cumplir, proteger y mejorar, y los aprendizajes compartidos en Casos de éxito en canales de denuncia: lecciones aprendidas, aportando ahora una mirada comparativa sobre los marcos legales vigentes en Latinoamérica.
A pesar de las diferencias jurídicas entre países, existen elementos comunes en las leyes que regulan los canales de denuncia en América Latina:
- Recomendación de obligatoriedad a partir de 50 empleados, tomando como referencia la Ley 2/2023 de España.
- Protección de la confidencialidad y de los datos personales, con requerimientos de software seguro y trazabilidad.
- Accesibilidad extendida a todas las partes interesadas: empleados, proveedores, clientes, socios y gobierno corporativo.
- Prohibición expresa de represalias contra denunciantes.
- Régimen de sanciones por incumplimiento.¿Qué exige la ley en cada país sobre los canales de denuncia?
Argentina
- Leyes: Ley 27.401 (Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas), Ley de Protección de Denunciantes.
- Obligación: Requiere sistemas internos de recepción y gestión de denuncias en programas de integridad (sector privado y público).
- Características: Interno, confidencial, con opción de anonimato y medidas de protección al denunciante.
Brasil
- Ley: 12.846 (Anticorrupción).
Obligación: Exige un programa de integridad con mecanismos para recibir denuncias.
Características: Trazabilidad, confidencialidad, anonimato opcional. Alineado a la LGPD (Ley General de Protección de Datos).
Chile
- Leyes: Ley 20.393 (Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas), Ley Karin 21.643.
- Obligación: Implementación obligatoria cel canal de denuncias como parte de los Modelos de Prevención de Delitos. Ley Karin aplica a casos de acoso laboral y sexual.
- Características: Accesibilidad interna y externa, confidencialidad, anonimato (excepto en casos regulados por la Ley Karin, que requiere identificación del denunciante).
Colombia
- Leyes: Ley 1778 (Corrupción Transnacional), Circular Externa 100-000016 (Supersociedades).
- Obligación: Requiere programas de ética empresarial con canales de denuncia.
- Características: Accesible para personal interno y externo. Protección de identidad y trazabilidad.
México
- Ley: Ley General de Responsabilidades Administrativas.
- Obligación: Canal de denuncias obligatorio en el sector público; promovido como buena práctica en el privado.
- Características: Accesible, confidencial. Requiere protección al denunciante.
Perú
- Leyes: Ley 30424 (Responsabilidad Administrativa de Personas Jurídicas), Ley N.º 29542 y DS 010-2019-JUS.
- Obligación: Requiere canales en modelos de prevención de delitos.
- Características: Garantiza anonimato, confidencialidad, trazabilidad y accesibilidad.Sanciones legales por no cumplir con la normativa
Los marcos normativos no solo exigen implementar canales, sino que también establecen sanciones significativas para las organizaciones que no los cumplan.
Argentina (Ley 27.401) - Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas:
- Multas proporcionales.
- Suspensión o cancelación de la personería jurídica.
- Pérdida de beneficios estatales.
- Publicación obligatoria de la sentencia condenatoria.
Brasil (Ley 12.846) - Anticorrupción:
- Sanciones administrativas: multas, prohibición de recibir subsidios o contratar con el Estado.
- Sanciones judiciales: pérdida de bienes, suspensión de actividades, disolución legal.
Chile (Leyes 20.393 y 21.595) - sobre responsabilidad penal de personas jurídicas y Ley Karin:
- Multas, pérdida de beneficios fiscales, inhabilitación para contratar, disolución de la empresa.
- En el caso de la Ley Karin: sanciones disciplinarias, legales y administrativas, y afectación reputacional.
Colombia - Ley 1778 Responsabilidad de personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y la Circular Externa 100-000016 de la Super sociedades
- Multas, inhabilitación para contratar con el Estado, publicación de la sentencia.
México - Ley General de Responsabilidades Administrativas
- Escala de sanciones según gravedad y jerarquía del infractor.
- Multas, indemnizaciones, suspensión de actividades, prohibición de operar.
Perú - Ley 30424 Responsabilidad Administrativa de las Personas Jurídicas
- Multas, sanciones legales y administrativas según el tipo de falta y nivel de incumplimiento.
Recomendaciones clave para el cumplimiento normativo
- Implementar canales de denuncia seguros, trazables y protegidos.
- Realizar un monitoreo periódico de cambios regulatorios nacionales e internacionales.
- Mantener una matriz de riesgos actualizada, vinculada a denuncias y hallazgos.
- Verificar la adecuación legal del canal mediante controles internos y auditorías.
- Incorporar buenas prácticas globales adaptadas al contexto local.
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- Cumplimiento con requisitos locales e internacionales.
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Conclusión
Las normativas en América Latina muestran una convergencia hacia la obligatoriedad y estándares comunes en materia de denuncias. No contar con un canal adecuado puede derivar en sanciones severas, daños reputacionales y vulnerabilidad legal.
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