Si su empresa ya cuenta con el canal de denuncias y quiere hacer una denuncia puede hacerla aquí.

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Ética

Línea ética y estándares internacionales: guía global para un canal de denuncias efectivo

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Ética

5 minutos

-

2025-09-11

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2025-09-11

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En los últimos años, la promoción de una línea ética empresarial se ha consolidado como una herramienta esencial para prevenir conductas indebidas, reforzar la transparencia y consolidar culturas organizacionales éticas y sostenibles. En este contexto, tanto los marcos normativos locales como los lineamientos internacionales deben considerarse de forma integrada para garantizar la eficacia de los canales de denuncia.

Este artículo complementa el análisis previo sobre la situación legal en Latinoamérica: ver artículo sobre regulación local y presenta una guía de los principales estándares internacionales que orientan la implementación y gestión de canales éticos.

A su vez, organismos internacionales y estándares globales – como la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, la OCDE y la ISO 37002 sobre sistemas de gestión de denuncias, ofrecen lineamientos que complementan y enriquecen las exigencias locales. Estos estándares promueven prácticas alineadas con la transparencia, la rendición de cuentas y la mejora continua.


Lineamientos internacionales clave para los canales de denuncia

1. OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico)

La OCDE promueve directrices para empresas multinacionales y gobiernos que incluyen:

  • Recomendaciones para establecer canales seguros, confidenciales, accesibles y efectivos.
  • Protección del denunciante como eje central del sistema.
  • Promoción de marcos legales nacionales compatibles con las mejores prácticas internacionales.
  • Evaluación del canal como parte integral de los sistemas de cumplimiento y buen gobierno corporativo.

2. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 2030)

Los ODS de Naciones Unidas incluyen los canales de denuncia como herramientas transversales para alcanzar:

  • ODS 16: Promoción de instituciones sólidas, justas y transparentes.
  • ODS 8: Fomento del trabajo decente y condiciones laborales seguras.
  • ODS 12: Prácticas sostenibles de producción y consumo.

También se promueve la accesibilidad para las partes interesadas, el anonimato y la trazabilidad de los procesos como pilares de sostenibilidad empresarial.


3. GAFI y GAFILAT (Grupo de Acción Financiera Internacional y de Latinoamérica)

Estos organismos emiten estándares para la prevención de delitos financieros. Sus recomendaciones 20 y 23 establecen:

  • Obligación de contar con mecanismos seguros para el reporte de operaciones sospechosas.
  • Relevancia del canal de denuncias en políticas antilavado y contra la financiación del terrorismo.
  • Necesidad de canales protegidos, confidenciales, y que permitan preservar la identidad del informante.

4. FCPA (Foreign Corrupt Practices Act - Estados Unidos)

Ley federal que penaliza el soborno a funcionarios públicos extranjeros. Su alcance extraterritorial obliga a:

  • Contar con canales accesibles y confidenciales, disponibles 24/7 para empleados y terceros.
  • Documentar todas las etapas del proceso de denuncia e investigación.
  • Garantizar independencia funcional o apoyo de terceros confiables en la gestión de denuncias.
  • Cumplir con la exigencia de protección del denunciante impuesta por el DOJ (Departamento de Justicia) y la SEC (Securities and Exchange Commission).

5. UK Bribery Act (Reino Unido)

Considerada una de las normativas antisoborno más estrictas del mundo, aplica tanto a empresas británicas como extranjeras con operaciones comerciales en el Reino Unido. Sus exigencias incluyen:


  • Inclusión del canal como parte esencial del programa de compliance.
  • Garantía de confidencialidad y trazabilidad.
  • Formación interna obligatoria sobre el funcionamiento y alcance del canal.
  • Responsabilidad individual para altos mandos que omitan actuar ante denuncias válidas.

6. Directiva UE 2019/1937 (Whistleblower Protection Directive)

Normativa obligatoria para todos los estados miembros de la Unión Europea. Sus pilares incluyen:

  • Obligación de implementar canales internos de denuncia en organizaciones con más de 50 empleados.
  • Estatuto de protección integral para el denunciante.
  • Plazos y mecanismos claros de seguimiento, respuesta y cierre del caso.
  • Integración con medidas de transparencia, rendición de cuentas y gobierno corporativo.

Convergencia global: de la norma a la acción empresarial

Los lineamientos analizados revelan una convergencia global hacia canales de denuncia:

  • Seguros, trazables y tecnológicamente robustos.
  • Accesibles a todas las partes interesadas.
  • Integrados al sistema de compliance y al gobierno corporativo.
  • Con protección real frente a represalias y anonimato garantizado.

Estos principios no solo elevan los estándares de cumplimiento, sino que fortalecen la confianza interna, reducen el riesgo reputacional y potencian una cultura de mejora continua.


La solución Resguarda: cumplimiento internacional, aplicación local


Resguarda implementa líneas éticas alineadas a los principales estándares internacionales, adaptadas a las regulaciones de cada país en Latinoamérica. Su enfoque combina:

  • Plataforma certificada con trazabilidad completa y protección de datos.
  • Cumplimiento con requisitos OCDE, ISO, FCPA y Directiva Europea.
  • Innovación continua y soporte regional.
  • Acompañamiento legal, formativo y comunicacional.

Para conocer más sobre nuestras soluciones y solicitar una demo personalizada, ingrese a www.resguarda.com


Conclusión


Cumplir con los lineamientos internacionales ya no es una aspiración, sino una exigencia para cualquier organización seria. Integrar un canal de denuncias alineado a estos estándares permite mitigar riesgos, reforzar el compliance y construir una cultura corporativa resiliente.


Solicite una demo con Resguarda y asegure el cumplimiento global de su canal de denuncias.

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